Para hacer su aporte primero debe
aceptar nuestro "Acuerdo sobre donativos"
Entre las personas naturales
y jurídicas que manifiestan su voluntad expresa de adherirse
al presente acuerdo denominados en adelante como “Los
Contribuyentes”, mediante el aporte voluntario
de cantidades de dinero en los términos indicados en el
presente por una parte y por la otra Súmate, Asociación
Civil domiciliada en Caracas, inscrita ante la Oficina del Registro
Inmobiliario del Municipio Chacao, Estado Miranda, el 4 de Julio
de 2002, quedando anotada bajo el número 24, tomo 1 del
Protocolo 1ero, se ha acordado celebrar el presente acuerdo, como
en efecto lo celebran, en base a los siguientes:.
CONSIDERANDO
que Súmate es una Asociación Civil dedicada a la
educación y la promoción del ejercicio de los derechos
constitucionales, civiles y políticos de todos los venezolanos
como medio para participar en los asuntos de interés público.
CONSIDERANDO
que Súmate a instruido y promovido a solicitud de la sociedad
venezolana, el ejercicio de los derechos constitucionales, democráticos
y electorales, y en especial para los referendos revocatorios
estipulados y garantizados, conforme en el artículo 72
de la Constitución, y demás instrumentos legales.
CONSIDERANDO
que Súmate coordinó el evento conocido como “El
Firmazo” “Reafirmazo” y “Reparos”,
siendo estos eventos una demostración de la voluntad democrática
del pueblo venezolano que aspira decidir su futuro mediante el
ejercicio de su derecho al voto.
CONSIDERANDO
que Súmate recibió y audito más de las firmas
requeridas constitucionalmente, para solicitar el referéndum
revocatorio presidencial.
CONSIDERANDO
que Súmate, en cumplimiento a lo previsto en el ARTÍCULO
5 de la Ley Orgánica del Poder Electoral, en lo respecta
del Apoyo Obligatorio el cual reza textual: “A los fines
de asegurar el cumplimiento de las funciones electorales establecidas
en esta ley, todos los órganos y funcionarios del Poder
Público, así como cualquier persona natural y jurídica,
están en el deber de prestar el apoyo y la colaboración
que le sean requeridos por los órganos del Poder Electoral”.
SE CONVIENE QUE:
1. “Súmate,
A.C.”, ha iniciado una campaña pública
de recolección de fondos con el objeto de ofrecerle a los
ciudadanos mecanismos transparentes para coadyuvar en el financiamiento
de las iniciativas de “Súmate, A.C”,
pro-defensa de los derechos políticos, como Derechos Humanos
Fundamentales de todos los venezolanos y demás residentes,
para decidir el futuro del país mediante elecciones.
2. Para
obtener los recursos financieros necesarios para defender la voluntad
democrática de los venezolanos que aspiran a lograr el
efectivo ejercicio de tales derechos constitucionales, “Súmate,
A.C.” cuenta con un mecanismo transparente de recolección
de fondos: el Ticket "Defiende tu firma”. Cada ticket
tiene un valor exacto de Bs.2.000. Cada contribuyente recibirá
1 ticket por cada Bs. 2.000 que aporte. Se entenderá como
señal inequívoca de aceptación expresa de
los términos de adhesión establecidos en el presente
contrato la simple recepción del respectivo o respectivos
Tickets, según el caso, por parte de los contribuyentes
3. Súmate
dispone igualmente de otros medios de recolección de dinero,
que se practican mediante la iniciativa de “Puntos de Recolección
Móviles” en todo el país. Los Coordinadores
Regionales supervisarán directamente este Plan de Recolección
de Fondos provenientes de los aportes percibidos mediante el aporte
de dinero directo a envases plásticos o de cualquier otro
material, ya sea presentado por personas claramente identificadas
por Súmate, o por medio de Envases de Recolección
Fijos, ubicados en distintos lugares del país. Cada Punto
de Recolección contará con un representante de Súmate,
quien será el responsable de coordinar las labores de los
voluntarios en el Punto; contabilizar el dinero recibido y depositar
el dinero en las cuentas de Súmate y mover el Punto de
Recolección de Fondos bajo un cronograma aprobado por el
Coordinador Parroquial.
4. Súmate
igualmente dispone de una medio electrónico de recolección
de fondos mediante el aporte directo por parte de la persona natural
o jurídica, que manifestara, el monto aportar, así
como los datos de su instrumento de pago ( Tarjeta de Crédito),
en nuestra pagina web, y quien en conexión directa con
la entidad financiera que respalda el proyecto, dará la
clave y emitirá un recibo donde se especifique el monto
de la operación, la hora, el instrumento de pago, así
como la fecha y hora de la operación. Igualmente Súmate
deja constancia, que todos y cada uno de los datos suministrados
por el aportante, se mantendrán bajo la confiabilidad y
privacidad, existente entre el Banco Operador y el aportante,
sin que Súmate tenga acceso a ello.
5. Súmate
igualmente manifiesta, que esta a disposición de los aportantes
los números de cuenta bancarios de la asociación
para quienes así lo deseen aporten lo que así consideren
a su alcance, a saber:
*
Cuenta Corriente del Banco de Venezuela 0102-0235-32-0000102461
*
Cuenta Corriente del Banco Venezolano de Crédito 0104-0002-33-0020158913
5. Posterior
a la Recolección de Fondos, realizaremos una relación
que indique el número del Responsable de Punto de Control,
estado, municipio, parroquia, ciudad; el medios de recolección;
el monto en Bs. de los aportes obtenidos, depósito bancario;
y la fecha de la relación.
6. Los Fondos
recolectados mediante o a través de los donativos que pudieran
eventualmente hacer “Los Contribuyentes”,
de las formas antes mencionadas, serán administrados por
la Junta Directiva de la asociación “Súmate,
A.C” a su total y absoluta discreción,
quien plenamente autorizada en los términos aquí
expresados, realizará cualesquiera actos de disposición
sobre todo o parte de los Fondos recolectados, los cuales estarán
constituidos por las cantidades de dinero recolectadas por los
aportes voluntarios de “Los Contribuyentes”, en cualesquiera
de las modalidades previstas en este contrato. Pudiendo entonces
por medio de aquellos, colaborar con cualquier órgano gubernamental
o no en los costos, gastos, obligaciones y demás erogaciones
que fueren pertinentes y/o necesarias para la materialización
de cualesquiera procesos, si así lo solicitare.
8. Los Fondos
provenientes de los aportes percibidos mediante las modalidades
descritas en este contrato, y cualesquiera saldos quedasen en
las Cuentas Autorizadas, cumplidos cualesquiera de los procesos,
serán destinados por “Súmate,
A.C.”, discrecionalmente, a los fines y
objetivos de la Asociación, en cumplimiento de su objeto
social. Cumplido entonces el objeto del presente acuerdo, “Súmate,
A.C.”, elaborará y publicará
en su página web, o cualesquiera otros medios que considere
satisfactorios, un Informe relativo al uso y destino de los Fondos
provenientes de los aportes percibidos.
9. Por el
presente acuerdo, las personas naturales y/o jurídicas
que manifiesten su voluntad de adhesión, “Los Contribuyentes”,
mediante el aporte voluntario en los términos indicados
en éste, liberan a “Súmate,
A. C.” de cualquier responsabilidad contractual
o extracontractual, derivada directa o indirectamente de las actividades
desarrolladas. En consecuencia, los contribuyentes que se constituyan
en tales, voluntaria y expresamente liberan a “Súmate,
A.C.” de cualquier responsabilidad frente
a todo evento, y muy especialmente de cualquier pérdida,
daño, erogación, pago, reparo, multa o sanción
de cualquier naturaleza derivado de las acciones o reclamos que
intenten o intentaren cualesquiera terceros, los propios contribuyentes
en los términos aquí establecidos, o cualesquiera
representantes del Poder Público Nacional, Estatal o Municipal,
Ministerio Público, Procuraduría General de la República,
Defensor del Pueblo, Tribunales o Cortes de la República.
10. El presente contrato
se regirá por las Leyes vigentes y aplicables en la República
Bolivariana de Venezuela, por ello, cualquier duda o controversia
se suscitare con ocasión del presente contrato de adhesión,
será sometido para su resolución definitiva mediante
arbitraje de derecho ante cualesquiera instituciones que funcionen
bajo este esquema de justicia arbitral, de conformidad con la
legislación vigente y aplicable. Queda expresamente convenido
que, antes de iniciar cualquier acción arbitral tendiente
a la resolución del conflicto, las partes deberán
haber agotado las vías de previas de conciliación.
En la ciudad de Caracas, Venezuela, a la fecha de la aceptación
por las partes.
La Junta Directiva
de Súmate A.C.